Carta para la Gestión Municipal de la Diversidad Religiosa

Considerando que la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades religiosas, es un derecho fundamental recogido en el artículo 16 de la Constitución Española, que se une al reconocimiento de este mismo derecho en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el Convenio Europeo de los Derechos Humanos, así como en otros tratados internacionales ratificados por España,

Considerando que los ciudadanos y los grupos y comunidades en los que se integran tienen derecho a la igualdad y a la no discriminación, así como a la remoción de los obstáculos que impidan hacer efectiva dicha igualdad,

Considerando que el ordenamiento jurídico español establece la laicidad del Estado y su neutralidad frente al hecho religioso, al mismo tiempo que prevé el principio de cooperación de los poderes públicos con las distintas confesiones presentes en la sociedad española,

Teniendo en cuenta la diversidad religiosa y de convicciones presente en la sociedad española y reconociendo la riqueza que la misma supone,

Subrayando el valor de la convivencia intercultural para toda sociedad democrática avanzada y la necesidad paralela de mantener la cohesión social en torno a los valores democráticos y el respeto a los derechos de todas las personas,

Considerando que los municipios son una de las entidades territoriales en las que organiza el Estado y que gozan de autonomía para la gestión de sus respectivos intereses,

Considerando que los municipios ejercen un número amplio de competencias y funciones que afectan a la libertad de religión y al derecho a la no discriminación por razones religiosas,

Los Municipios adheridos a la presente Carta, de acuerdo a su propia realidad concreta, asumen el compromiso de sumarse al Programa Municipios por la Tolerancia y de orientar su gestión de la diversidad religiosa al cumplimiento de los siguientes principios y objetivos:

  1. El reconocimiento de la diversidad religiosa en el municipio como una expresión de la riqueza cultural y el pluralismo de la sociedad, así como de la necesidad e importancia del conocimiento permanente de dicha diversidad.
  2. La garantía, dentro del ámbito de sus funciones, del ejercicio de la libertad de religión, así como la promoción de las condiciones para que la igualdad y la libertad de las personas y de los grupos en que se integran sean reales y efectivas.
  3. La eliminación de toda forma de discriminación injustificada basada en las creencias, así como el fomento de políticas, acciones positivas y ajustes o acomodos razonables dirigidos a este fin.
  4. El fomento del respeto, la comprensión y la tolerancia hacia la diversidad religiosa.
  5. El impulso de la coordinación y colaboración interadministrativas para la mejor gestión de la diversidad religiosa, estableciendo canales de diálogo y acuerdos, en su caso, con otros municipios, asociaciones de municipios u otras instancias administrativas de todos los niveles.
  6. La adopción de mecanismos de consulta y participación de las comunidades religiosas para dar respuesta a las necesidades derivadas del ejercicio de la libertad religiosa, garantizar la integración de los grupos minoritarios y evitar situaciones conflictivas.
  7. La promoción de espacios de diálogo y conocimiento mutuo entre las iglesias, confesiones y comunidades religiosas del municipio, así como de éstas con otros sectores de la población y con el conjunto de la ciudadanía.
  8. El fomento de la investigación y la formación correspondiente en la materia para las personas que trabajan en la administración municipal o en la provisión de servicios de interés municipal.
  9. El compromiso en alcanzar la mayor difusión de los principios y objetivos de esta Carta entre las autoridades, organizaciones y personas llamadas a hacerlos efectivos y entre la ciudadanía en general.

Una iniciativa de:

En colaboración con:

Con el apoyo de: