Financiación de las confesiones
Uno de los asuntos más controvertidos relacionados con las religiones son sus fuentes de financiación. El Estado español y la Santa Sede firmaron un acuerdo en 1979 que establecía una progresiva autofinanciación que no se ha llevado a cabo. El Vaticano mantiene un doble régimen de financiación: a través de la financiación tributaria sobre el IRPF y las partidas directas de los presupuestos generales del Estado destinadas en un 95% al pago de los salarios de sacerdotes y obispos. El resto de las religiones con notorio arraigo (musulmanes, judíos y protestantes), reciben algunos fondos por un sistema indirecto. Además se fomentan las donaciones de éstas al equiparlas con organizaciones sin ánimo de lucro. La triple desigualdad se produce respecto a las religiones que ni tan sólo tienen la categoría de “notorio arraigo”. El debate en torno a la financiación se plantea ante la contradicción que supone la declaración institucional de España como Estado no confesional (artículo 16.3 de la Constitución Española).
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