Preguntas frecuentes
Somos una comunidad religiosa no inscrita ¿podemos acceder a la ayuda de Línea 2?
Podrán solicitar ayuda aquellas comunidades religiosas y lugares de culto que hayan solicitado la inscripción en el Registro de Entidades Religiosas del Ministerio de Justicia y estén pendientes de su inscripción definitiva, siempre y cuando la solicitud de inscripción se haya cursado antes de que finalice el plazo de presentación de ayudas.
Se deberá presentar fotocopia de la solicitud de inscripción en el Registro en el momento de solicitar la ayuda.

